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Real Decreto-ley Vigente

Artículo 6. Concesión de suplementos de crédito en el presupuesto del Ministerio de Economía y Competitividad.

Artículo 6 del Real Decreto-ley 7/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes de naturaleza tributaria, presupuestaria y de fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación. · BOE-A-2013-7062

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-06-30.

Texto consolidado

1. Para la realización de convocatorias públicas en el marco del Plan Anual de Actuación de 2013, se conceden los siguientes suplementos de crédito:

En el presupuesto de la Sección 27 «Ministerio de Economía y Competitividad», Servicio 13 «Dirección General de Investigación Científica y Técnica», Programa 463B «Fomento y coordinación de la investigación científica y técnica», Concepto 780 «Fondo Nacional para la Investigación Científica y Técnica» por importe de 71.000.000 de euros.

En el presupuesto de la Sección 27 «Ministerio de Economía y Competitividad», Servicio 14 «Dirección General de Innovación y Competitividad», Programa 467C «Investigación y desarrollo tecnológico-industrial», Concepto 775 «Apoyo a la investigación, desarrollo tecnológico e innovación en el sistema CTE (Ciencia- Tecnología-Empresa)» por importe de 8.000.000 de euros.

2. Para atender las necesidades de financiación de la agencia estatal «Consejo Superior de Investigaciones Científicas» se concede un suplemento de crédito en el presupuesto de la Sección 27 «Ministerio de Economía y Competitividad», Servicio 11 «Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación», Programa 000X «Transferencias internas», Concepto 730 «Al Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC)» por importe de 25.000.000 de euros.

Este suplemento de crédito tendrá el siguiente reflejo en el presupuesto de la agencia estatal «Consejo Superior de Investigaciones Científicas»:

Presupuesto de ingresos:

Aplicación presupuestaria

Denominación

Importe

-

(Euros)

27.401.700.00

Del departamento ministerial al que está adscrito

+ 25.000.000,00

27.401.870

Remanente de tesorería

- 25.000.000,00

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-06-30.

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