Artículo 6. Estudios oficiales.
Artículo 6 del Real Decreto 920/2010, de 16 de julio, por el que se establece el programa nacional de control de los nematodos del quiste de la patata. · BOE-A-2010-11727
Atención: Real Decreto 920/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Las comunidades autónomas dispondrán la realización de estudios oficiales a fin de determinar la distribución de nematodos del quiste de la patata en parcelas utilizadas para la producción de patatas que no sean las destinadas a la producción de patatas de siembra.
2. Los estudios oficiales incluirán muestreos y ensayos para detectar la presencia de nematodos conforme a lo dispuesto en el anexo II, punto 2, y se efectuarán con arreglo al anexo III, sección II.
3. Los resultados de los estudios oficiales se notificarán por escrito al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, y este a su vez, los notificará, a través del cauce correspondiente, a la Comisión Europea de conformidad con el anexo III, sección II.