Artículo 6. Funcionamiento.
Artículo 6 del Real Decreto 774/2017, de 28 de julio, por el que se regula la Comisión para el Diálogo Civil con la Plataforma del Tercer Sector. · BOE-A-2017-9990
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-08-27.
Texto consolidado
1. Las reuniones ordinarias se celebrarán, como mínimo, cuatro veces al año. Asimismo, la Comisión se podrá reunir en sesión extraordinaria por convocatoria de la presidencia, o cuando lo propongan al menos cinco vocales.
2. Los plazos y condiciones para su convocatoria se establecerán en el Reglamento de régimen y funcionamiento.