Artículo 6. Presidencia de la AESAN OA.
Artículo 6 del Real Decreto 697/2022, de 23 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición. · BOE-A-2022-14059
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-08-25.
Texto consolidado
La presidencia de la AESAN OA corresponde a la persona titular de la Secretaría General de Consumo y Juego.