Artículo 6. Publicación del acuerdo de creación de un Diploma de Acreditación o de un Diploma de Acreditación Avanzada.
Artículo 6 del Real Decreto 639/2015, de 10 de julio, por el que se regulan los Diplomas de Acreditación y los Diplomas de Acreditación Avanzada. · BOE-A-2015-8442
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-07-29.
Texto consolidado
La creación de un Diploma de Acreditación o de un Diploma de Acreditación Avanzada acordada por el CISNS será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» mediante orden de la persona titular del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
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