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Real Decreto Derogada

Artículo 6. Vicesecretaría General.

Artículo 6 del Real Decreto 419/2018, de 18 de junio, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno. · BOE-A-2018-8154

Atención: Real Decreto 419/2018 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La Vicesecretaría General asumirá las siguientes funciones:

a) La asistencia y propuesta en asuntos de administración económica, personal, mantenimiento y conservación, previsiones presupuestarias, archivo y documentación.

b) La coordinación de la aplicación de los medios informáticos.

c) La gestión y la coordinación de los sistemas de comunicaciones en el ámbito de la Presidencia del Gobierno y del Ministerio de Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad. Además, presta el servicio de Gabinete de Comunicaciones de los Altos Cargos de la Administración General del Estado.

d) El ejercicio de las funciones que correspondan a la Secretaría General en materia de Transparencia.

e) Cuantas funciones y tareas le encomiende el titular de la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno.

2. De la Vicesecretaría General dependen las unidades siguientes, con rango de subdirección general:

a) Unidad de Medios Operativos.

b) Unidad de Informática.

c) Unidad de Comunicaciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-06-19.

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