Artículo 6.
Artículo 6 del Real Decreto 400/1996, de 1 de marzo, por el que se dicta las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 94/9/CE, relativo a los aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas. · BOE-A-1996-7800
Atención: Real Decreto 400/1996 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Cuando se considere que las normas armonizadas a que se refiere el artículo anterior no se ajustan plenamente a los correspondientes requisitos esenciales, la Administración General del Estado someterá el asunto al Comité Permanente creado por la Directiva del Consejo 83/189/CEE, exponiendo las correspondientes motivaciones, a los fines de lo previsto en el artículo 6.1 de la Directiva 94/9/CE.
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