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Real Decreto Vigente

Artículo 6. Principios básicos de actuación.

Artículo 6 del Real Decreto 299/2026, de 8 de abril, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Meteorología. · BOE-A-2026-7968

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-04-10.

Texto consolidado

La Agencia Estatal de Meteorología respetará en su actuación, además de los principios establecidos en el artículo 81 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los principios de gestión transparente por objetivos, de servicio a la ciudadanía, a las instituciones y a la sociedad en su conjunto, de objetividad, eficacia, eficiencia y excelencia científico-técnica, y particularmente, los siguientes:

a) La prestación de sus servicios en todo el territorio nacional dentro de un marco organizativo eficiente y racional.

b) La agilidad, racionalidad y economía en su gestión.

c) La toma de decisiones apoyada en información global y permanentemente actualizada.

d) La accesibilidad al ciudadano y la apertura hacia las expectativas de sus usuarios.

e) La mejora continua, la calidad, la fiabilidad y la seguridad en el desarrollo de sus actividades.

f) El desempeño de sus tareas y cometidos orientado a la adecuada satisfacción de las demandas planteadas por sus usuarios públicos y privados.

g) La transparencia interna y externa y la participación ciudadana.

h) La participación y comunicación internas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-04-10.

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