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Real Decreto Vigente 6 redacciones

Artículo 6. La Secretaría General.

Artículo 6 del Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de modificación parcial de la Tesorería General de la Seguridad Social. · BOE-A-1997-86

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-12-30.

Texto consolidado

Compete a la Secretaría General:

1. El estudio y propuesta de la planificación estratégica de la entidad y de los elementos organizativos de sus servicios, en coordinación con las subdirecciones generales.

2. La comunicación institucional y relaciones externas, así como la asistencia técnica a los miembros del Consejo General.

3. La información y comunicación con los ciudadanos.

4. La programación, ordenación y control de la red de centros de atención e información de la Seguridad Social (CAISS) e instalaciones.

5. La promoción e implantación de procesos de mejora continua en la entidad.

6. La planificación, dirección, ejecución y evaluación de las actividades de control e inspección de los servicios, así como de la gestión de la calidad de estos.

7. La coordinación de las subdirecciones generales.

Se añaden los apartados 6 a 10 por el art. único.2 del Real Decreto 666/2007, de 25 de mayo. Ref. BOE-A-2007-11209.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-12-30.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 6 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2021-21657.

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