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Real Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 6. Designación de los cementos.

Artículo 6 del Real Decreto 256/2016, de 10 de junio, por el que se aprueba la Instrucción para la recepción de cementos (RC-16). · BOE-A-2016-6167

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-07-01.

Texto consolidado

6.1 Designación de los cementos sujetos al marcado CE

Los cementos sujetos al marcado CE, que figuran en el Anejo I de esta Instrucción, deberán designarse siguiendo los criterios que en él se establecen.

6.2 Designación de los cementos sujetos al Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre.

Los cementos sujetos al Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre, que figuran en el Anejo II de esta Instrucción, deberán designarse siguiendo los criterios que en él se establecen.

Esta modificación tiene efectos desde el 1 de julio de 2024, según establece la disposición final única.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-07-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2024-7034.

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