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Real Decreto Vigente

Artículo 6. Revisión del anexo.

Artículo 6 del Real Decreto 209/2023, de 28 de marzo, por el que se establecen la relación de equipos, aparatos y soportes materiales sujetos al pago de la compensación equitativa por copia privada, las cantidades aplicables a cada uno de ellos y la distribución entre las distintas modalidades de reproducción, previstas en el artículo 25 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril. · BOE-A-2023-7941

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-07-01.

Texto consolidado

1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.4 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, y siguiendo el procedimiento establecido en el mismo, el anexo podrá ser revisado por orden ministerial en cualquier momento en función de la evolución tecnológica, de las condiciones del mercado y del perjuicio causado por el límite de copia privada. En cualquier caso, deberá ser revisado, al menos, con una periodicidad de 3 años.

2. Por lo que se refiere a la revisión de la distribución de las cantidades entre las distintas modalidades de reproducción que figura en el Anexo, esta se realizará a la vez que la del resto de su contenido, teniendo en cuenta los posibles acuerdos a los que se refiere el artículo 5.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-07-01.

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