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Real Decreto Derogada

Artículo 6. Sujetos obligados.

Artículo 6 del Real Decreto 1890/2000, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece el procedimiento para la evaluación de la conformidad de los aparatos de telecomunicaciones. · BOE-A-2000-21838

Atención: Real Decreto 1890/2000 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los fabricantes de los aparatos serán los responsables de llevar a cabo las actuaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de los requisitos contemplados en el artículo 4. Si el fabricante o su mandatario no están establecidos en la Unión Europea, la responsabilidad de su cumplimiento recaerá sobre el importador del aparato y, en su ausencia, sobre el responsable de la puesta en el mercado del mismo. En ausencia de los responsables anteriores, si la adquisición se hubiese realizado directamente, la responsabilidad será de la persona que lo ponga en servicio o del usuario del mismo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-12-03.

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