Artículo 6. Principios básicos de actuación.
Artículo 6 del Real Decreto 186/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Meteorología. · BOE-A-2008-2597
Atención: Real Decreto 186/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La Agencia Estatal de Meteorología respetará en su actuación los principios de gestión transparente por objetivos, de servicio al ciudadano, a las instituciones y a la sociedad en su conjunto, de objetividad, eficacia, eficiencia y excelencia científico-técnica, y particularmente, los siguientes:
a) La prestación de sus servicios en todo el territorio nacional dentro de un marco organizativo eficiente y racional.
b) La agilidad, racionalidad y economía en su gestión.
c) La toma de decisiones apoyada en información global y permanentemente actualizada.
d) La accesibilidad al ciudadano y la apertura hacia las expectativas de sus usuarios.
e) La mejora continua, la calidad, la fiabilidad y la seguridad en el desarrollo de sus actividades.
f) El desempeño de sus tareas y cometidos orientado a la adecuada satisfacción de las demandas planteadas por sus usuarios públicos y privados.
g) La transparencia interna y externa y la participación ciudadana.
h) La participación y comunicación internas.