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Real Decreto Derogada

Artículo 6.

Artículo 6 del Real Decreto 1852/1993, de 22 de octubre, sobre producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios. · BOE-A-1993-28231

Atención: Real Decreto 1852/1993 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los órganos competentes de las Comunidades Autónomas comunicarán al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación la relación de operadores sometidos a control en su ámbito territorial, con indicación de su nombre, dirección y actividad, así como las autoridades competentes y de control designadas y, en su caso, las entidades privadas de control autorizadas, a los efectos de confeccionar un listado nacional que estará a disposición de los particulares interesados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-11-27.

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