Artículo 6. Principios de gestión.
Artículo 6 del Real Decreto 141/2026, de 25 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto orgánico de la Autoridad Administrativa Independiente para la Investigación Técnica de Accidentes e Incidentes ferroviarios, marítimos y de aviación civil. · BOE-A-2026-4518
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-02-28.
Texto consolidado
1. La actividad de la Autoridad se someterá a los principios de planificación, evaluación y control de gestión, mediante la definición de objetivos específicos, la distribución racional de recursos y la implementación de sistemas que permitan el seguimiento, análisis y valoración de los resultados obtenidos, garantizando la eficacia y la eficiencia en el cumplimiento del interés general.
2. La Autoridad actuará bajo el principio de transparencia en la gestión y estará sometida a control de conformidad con lo dispuesto en los artículos 54 y 55 de este estatuto.
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