Artículo 6. La Presidencia.
Artículo 6 del Real Decreto 1342/2007, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Centro Español de Metrología. · BOE-A-2007-18582
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-18.
Texto consolidado
1. La Presidencia del organismo es ejercida por el titular de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa.
2. Corresponde al Presidente:
a) La representación institucional del Centro Español de Metrología, la dirección estratégica del organismo y la presidencia del Consejo Rector.
b) La aprobación de los gastos y ordenación de los pagos del Organismo; así como la firma de contratos y convenios, sin perjuicio de las delegaciones efectuadas en el Director del Centro.
c) Ejercer las demás competencias que le sean atribuidas conforme al ordenamiento jurídico.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2019-5817.