Artículo 6. Integración de ventanillas electrónicas.
Artículo 6 del Real Decreto 127/2015, de 27 de febrero, por el que se integran los centros de ventanilla única empresarial y la ventanilla única de la Directiva de Servicios en los Puntos de Atención al Emprendedor. · BOE-A-2015-2671
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-03-14.
Texto consolidado
1. Sin perjuicio de la identidad definida en el marco de la Unión Europea, la VUDS quedará integrada en el PAE electrónico. Asimismo, se establecerán las medidas que permitan garantizar la interoperabilidad de estas ventanillas con los PAE presenciales.
2. La VUDS prestará los servicios definidos en el artículo 18 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
3. La plataforma «Emprende en 3» queda integrada en el PAE electrónico.
4. Los Ministerios de Industria, Energía y Turismo y de Hacienda y Administraciones Públicas, determinarán conjuntamente las condiciones de integración e interoperabilidad necesarias y procederán de manera coordinada en su promoción.
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