Artículo 6. Incompatibilidad con otras ayudas.
Atención: Real Decreto 126/2016 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La percepción de las ayudas previstas en este real decreto será incompatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
2. En particular serán incompatibles con las ayudas concedidas de acuerdo con:
a) Subvenciones en materia de demostración e información procedentes del Fondo Social Europeo, para el periodo 2014-2020.
b) Subvenciones en materia de demostración e información procedentes de los Programas de Desarrollo Rural de las Comunidades Autónomas, para el periodo 2014-2020.
3. El solicitante deberá aportar en el momento de la solicitud de ayuda una declaración responsable de que no recibe ayudas incompatibles.
Más artículos de Real Decreto 126/2016
- ← Artículo 5. Programa de demostración e información (PDI).
- → Artículo 7. Gastos subvencionables.
- Ver la norma completa: Real Decreto 126/2016, de 1 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las actividades de demostración y las acciones de información, en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, para el fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de carácter supraautonómico.