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Real Decreto Derogada

Artículo 6. Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas.

Artículo 6 del Real Decreto 1132/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura. · BOE-A-2008-11583

Atención: Real Decreto 1132/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Corresponde a la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas el desarrollo de las siguientes funciones:

a) La promoción y difusión nacional e internacional de las letras españolas.

b) La promoción de la lectura mediante campañas de fomento de esta.

c) La promoción del libro mediante ayudas a la edición y a la participación en ferias y exposiciones nacionales e internacionales.

d) El estudio y propuesta de actuaciones en relación con la industria editorial y del libro en general.

e) La promoción y ayuda a la creación literaria y a la traducción, mediante convocatoria y concesión de becas, premios y cualquier otro tipo de estímulos.

f) La gestión de los archivos de titularidad y gestión estatal adscritos al Departamento, y el asesoramiento respecto de los archivos de titularidad estatal dependientes de otros Ministerios.

g) La creación, dotación y fomento de archivos de titularidad estatal.

h) La coordinación del Sistema Español de Archivos.

i) El fomento de la conservación del patrimonio documental y su promoción y difusión nacional e internacional.

j) La planificación, desarrollo y mantenimiento del archivo central del Departamento.

k) La elaboración de programas y planes para el fomento y mejora de las bibliotecas, así como la coordinación y promoción de la cooperación bibliotecaria.

l) La oferta de servicios técnicos y asesoramiento en materia bibliotecaria.

m) La creación, dotación y fomento de bibliotecas de titularidad estatal.

n) La obtención, explotación y utilización de datos de bibliotecas.

ñ) La coordinación y mantenimiento del Catálogo colectivo del patrimonio bibliográfico.

2. Dependen de la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas las siguientes unidades con nivel orgánico de Subdirección General:

a) La Subdirección General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas, a la que corresponde la ejecución de las funciones atribuidas a la Dirección General en los párrafos a, b, c, d y e del apartado 1.

b) La Subdirección General de los Archivos Estatales, a la que corresponde la ejecución de las funciones atribuidas a la Dirección General en los párrafos f, g, h, i y j del apartado 1.

c) La Subdirección General de Coordinación Bibliotecaria, a la que corresponde la ejecución de las funciones atribuidas a la Dirección General en los párrafos k, l, m, n y ñ del apartado 1.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-07-10.

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