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Orden Derogada

Artículo 6. Grupos de trabajo.

Artículo 6 de la Orden TIN/3155/2011, de 8 de noviembre, por la que se regulan la composición y funciones de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Trabajo e Inmigración. · BOE-A-2011-18199

Atención: Orden TIN/3155/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Por razones de urgencia o eficacia la Comisión Permanente podrá actuar a través de Grupos de trabajo, específicos, permanentes o no, designados en su seno. En el acuerdo de creación de cada Grupo de trabajo se incluirán las facultades, reglas de funcionamiento, composición y vigencia temporal.

2. Los Grupos de trabajo estarán dirigidos por el Presidente de la Comisión Permanente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-11-22.

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