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Orden Vigente

Artículo 6. El Director General de Armamento y Material.

Artículo 6 de la Orden PRE/2507/2010, de 23 de septiembre, por la que se aprueba el Reglamento de Normalización Militar de Materiales. · BOE-A-2010-14846

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-09-29.

Texto consolidado

El Director General de Armamento y Material como máxima autoridad en la normalización militar de materiales tendrá las siguientes competencias:

a) Decidir la política de normalización del armamento y material del Departamento.

b) Aprobar las interpretaciones que procedan de este reglamento, el Plan Anual de Normalización y la creación o supresión de oficinas de normalización en el Órgano Central (OC).

c) Dictar las resoluciones de implantación, ratificación y derogación de los Acuerdos de Normalización OTAN (STANAG) de materiales, así como las de aprobación o anulación de las normas militares españolas (NME).

d) Aprobar las especificaciones militares españolas de materiales (EMMA).

e) Representar la normalización militar española de materiales tanto en foros nacionales como en internacionales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-09-29.

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