Artículo 6. Pruebas físicas.
Artículo 6 de la Orden PCI/362/2019, de 20 de marzo, por la que se regula la realización de pruebas físicas en la Guardia Civil. · BOE-A-2019-4651
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-10-18.
Texto consolidado
1. Las pruebas que se deberán realizar para ingresar en los centros docentes de formación para la incorporación a la escala de cabos y guardias serán las siguientes:
a) Resistencia 2.000 metros. (R2).
b) Coordinación. (C1).
c) Potencia tren superior (extensiones de brazos). (P3).
d) Soltura acuática. (O1).
2. Las pruebas que se deberán realizar para ingresar en los centros docentes de formación para la incorporación a la escala de suboficiales y a la escala de oficiales, en el sistema de promoción profesional, serán las siguientes:
a) Resistencia 2.000 metros. (R2).
b) Coordinación. (C1).
c) Potencia tren superior (extensiones de brazos). (P3).
Téngase en cuenta, respecto a la supresión de la prueba de soltura acuática en el apartado 2, la disposición transitoria única de la citada Orden.#df
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2023-20178.