Artículo 6. Plazo de realización de las actuaciones.
Artículo 6 de la Orden ICT/859/2019, de 1 de agosto, por la que se establecen las bases para la concesión de apoyo financiero a proyectos industriales de Investigación, Desarrollo e Innovación en el ámbito de la industria manufacturera. · BOE-A-2019-11627
Atención: Orden ICT/859/2019 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las actuaciones financiadas deberán ejecutarse desde el día siguiente a la presentación de la solicitud y hasta un plazo máximo de veinticuatro meses contados desde la fecha de resolución de la concesión.
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