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Orden Vigente

Artículo 6. Contenido de las pruebas para la renovación de los certificados.

Artículo 6 de la Orden FOM/605/2004, de 27 de febrero, sobre capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable. · BOE-A-2004-4292

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-03-10.

Texto consolidado

La prueba de control para la renovación de los certificados, a la que se hace referencia en el artículo anterior, consistirá solamente en la realización de la primera de las pruebas expuestas en el artículo 2 y en las mismas condiciones que las requeridas para el examen de acceso.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-03-10.

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