Artículo 6.
Artículo 6 de la Orden de 4 de octubre de 1995 por la que se aprueban las normas de organización y funcionamiento de la Orquesta Nacional de España. · BOE-A-1995-22239
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-10-12.
Texto consolidado
El Consejo de Dirección de la Orquesta Nacional de España estará integrado por:
El Director general del organismo al que esté adscrita la ONE (actualmente, el INAEM), pudiendo delegar en quien estime oportuno, siempre que ostente; al menos, categoría administrativa de Subdirector general.
El Director titular.
El Director técnico.
El Presidente de la Comisión de Profesores.
Un representante de la Junta de Personal del organismo.
Un representante de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando (Sección Música).
Un representante del Consejo de la Música.
Actuará como Presidente el Director general del organismo y como Secretario, con voz y sin voto, un funcionario designado al efecto entre los destinados en la Gerencia del mismo.