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Orden Derogada

Artículo 6. Bases específicas.

Artículo 6 de la Orden de 10 de agosto de 1994 por la que se dictan normas sobre concursos de provisión de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. · BOE-A-1994-18776

Atención: BOE-A-1994-18776 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Las bases específicas del concurso ordinario que aprueben los plenos de las Corporaciones Locales deberán contener, respecto de cada puesto, las siguientes indicaciones:

Denominación, subescala y categoría a que está reservado, nivel de complemento de destino y cuantía del específico, así como indicación, en su caso, de estar el puesto cubierto por titular que deba jubilarse dentro de los seis meses posteriores a la convocatoria.

Composición del Tribunal de Valoración.

2. También incluirán, si han sido aprobados por el órgano o Administración competente:

Baremo de méritos específicos y concreción de medios para su acreditación y valoración.

Conocimientos de la lengua propia de la Comunidad Autónoma en los términos previstos por su legislación y medios de acreditación.

Baremo de méritos de determinación autonómica y medios para su acreditación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1994-08-13.

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