Artículo 6. Iniciación del procedimiento.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-26.
Texto consolidado
El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, regulado en los artículos 23 al 27 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y se iniciará de oficio mediante la correspondiente convocatoria que se publicará anualmente en el “Boletín Oficial del Estado”. En la Orden de convocatoria se establecerá la partida presupuestaria y dotación con cargo a la cual se financiarán estas subvenciones.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2015-7078.
Más artículos de Orden AAA/1579/2012
- ← Artículo 5. Compatibilidad de las ayudas.
- → Artículo 7. Solicitudes y documentación.
- Ver la norma completa: Orden AAA/1579/2012, de 2 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a sindicatos de trabajadores de los sectores agroalimentario y medioambiental para el desarrollo de sus actividades de colaboración y representación ante la Administración General del Estado, la Unión Europea e Instituciones Internacionales, y para la realización de proyectos de especial interés para el desarrollo y mejora de los trabajadores de los citados sectores.