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Ley Orgánica Vigente

Artículo 6. Presentación de escritos.

Artículo 6 de la Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición. · BOE-A-2001-21090

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-11-14.

Texto consolidado

1. El escrito en que se deduzca la petición, y cualesquiera otros documentos y comunicaciones, podrán presentarse ante cualquier registro o dependencia admitida a estos efectos por la legislación reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. La administración, institución pública o autoridad que reciba una petición acusará recibo de la misma y lo comunicará al interesado dentro de los diez días siguientes a su recepción. Esta actuación se llevará a efecto por el órgano correspondiente de acuerdo con la norma organizativa de cada entidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-11-14.

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