Artículo 6.
Artículo 6 de la Ley Foral 24/2014, de 2 de diciembre, reguladora de los colectivos de usuarios de cannabis en Navarra. · BOE-A-2014-13626
Atención: Ley Foral 24/2014 está anulada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los clubes de personas consumidoras de cannabis tendrán la forma jurídica de una asociación sin ánimo de lucro y su constitución se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. Deberán inscribirse en el Registro de Asociaciones del Gobierno de Navarra, facilitando la documentación exigida.