Artículo 6. Sustituto del contribuyente.
Artículo 6 de la Ley 7/2022, de 16 de diciembre, de medidas fiscales para impulsar el turismo sostenible. · BOE-A-2023-4379
Atención: Ley 7/2022 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Tienen la condición de sujetos pasivos sustitutos del contribuyente, y por eso están obligados al cumplimiento de las obligaciones materiales y formales impuestas por esta ley y sus disposiciones de desarrollo, las personas físicas o jurídicas, así como las entidades que, careciendo de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o patrimonio separado, que sean titulares de la explotación de cualquiera de los establecimientos de alojamiento turístico mencionados en los artículos 3.1 y 3.2.
Se presume, excepto prueba en contra, que la persona titular de la explotación es la que figura inscrita como titular del establecimiento en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana.