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Ley Derogada

Artículo 6. Sustituto del contribuyente.

Artículo 6 de la Ley 7/2022, de 16 de diciembre, de medidas fiscales para impulsar el turismo sostenible. · BOE-A-2023-4379

Atención: Ley 7/2022 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Tienen la condición de sujetos pasivos sustitutos del contribuyente, y por eso están obligados al cumplimiento de las obligaciones materiales y formales impuestas por esta ley y sus disposiciones de desarrollo, las personas físicas o jurídicas, así como las entidades que, careciendo de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o patrimonio separado, que sean titulares de la explotación de cualquiera de los establecimientos de alojamiento turístico mencionados en los artículos 3.1 y 3.2.

Se presume, excepto prueba en contra, que la persona titular de la explotación es la que figura inscrita como titular del establecimiento en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-12-19.

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