Artículo 6. Agrupación profesional de personal de apoyo.
Artículo 6 de la Ley 7/2021, de 11 de noviembre, de los cuerpos y de las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. · BOE-A-2021-20732
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-11-23.
Texto consolidado
Se crea la agrupación profesional de personal de apoyo, para cuyo acceso no se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.
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