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Ley Vigente

Artículo 6. Objeto de las campañas.

Artículo 6 de la Ley 7/2017, de 22 de mayo, de Comunicación y Publicidad Institucional. · BOE-A-2017-6071

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-06-13.

Texto consolidado

La publicidad institucional tendrá como objetivos los de informar, promover o difundir algunas de las siguientes cuestiones:

a) El conocimiento de los valores y principios constitucionales y estatutarios.

b) Los derechos y obligaciones de los ciudadanos o grupos de ciudadanos.

c) Las disposiciones jurídicas que, por su novedad o repercusión social, aconsejen medidas complementarias para su conocimiento general.

d) Los programas y actuaciones públicas de relevancia e interés social.

e) Los servicios que se prestan y las actividades que desarrollan las administraciones anunciantes, su funcionamiento, y las condiciones de acceso y uso.

f) Los valores, señas de identidad, o cualidades del territorio o de la población de la Administración anunciante.

g) La adopción de medidas de orden o seguridad pública cuando afecten a una pluralidad de personas destinatarias, así como las medidas que contribuyan a la prevención de riesgos y protección de daños de cualquier naturaleza para la salud de las personas y el patrimonio natural.

h) El apoyo a sectores económicos, especialmente en el exterior, promover la comercialización de productos, atraer inversiones, así como el fomento del turismo.

i) Difundir la cultura, el patrimonio histórico-artístico y la riqueza natural y paisajística de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

j) Difundir ofertas de empleo público u otras cuya importancia e interés así lo aconsejen.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-06-13.

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