Artículo 6. Dotación del Fondo en el ejercicio 2011.
Artículo 6 de la Ley 6/2010, de 11 de junio, reguladora de la participación de las entidades locales en los tributos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. · BOE-A-2010-11492
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-06-25.
Texto consolidado
La dotación global del Fondo señalada en el artículo 4.2 para el ejercicio 2011 se asignará de la siguiente manera:
a) Al conjunto de los municipios pertenecientes al grupo 1 se le asignará una dotación de 111.707.240,15 euros.
b) Al conjunto de los municipios pertenecientes al grupo 2 se le asignará una dotación de 97.285.328,36 euros.
c) Al conjunto de los municipios pertenecientes al grupo 3 se le asignará una dotación de 62.428.134,23 euros.
d) Al conjunto de los municipios pertenecientes al grupo 4 se le asignará una dotación de 148.579.297,26 euros.