Artículo 6. Integración de las escuelas municipales.
Artículo 6 de la Ley 5/2024, de 13 de noviembre, por la que se establece la Red Autonómica de Escuelas Infantiles, se regula su extensión y la integración en la misma de las Escuelas Infantiles Municipales. · BOE-A-2024-25051
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-11-20.
Texto consolidado
1. Las escuelas infantiles de titularidad municipal se podrán integrar de forma voluntaria en la Red Autonómica de Escuelas Infantiles «Les Escuelines/As Escolías». El procedimiento de integración tendrá carácter progresivo.
Los criterios de progresividad tendrán en cuenta: la ruralidad, la vulnerabilidad del alumnado y sus familias, la menor población de los concejos y la atención a una oferta suficiente.
2. Producida la integración, el servicio pasará a ser gestionado de manera directa por la Administración del Principado de Asturias, a través de la consejería competente en materia educativa.
Más artículos de Ley 5/2024
- ← Artículo 5. Escuelas infantiles de titularidad autonómica.
- → Artículo 7. Integración del personal de las escuelas municipales.
- Ver la norma completa: Ley 5/2024, de 13 de noviembre, por la que se establece la Red Autonómica de Escuelas Infantiles, se regula su extensión y la integración en la misma de las Escuelas Infantiles Municipales.