Artículo 6. Potenciación de la integración de la información estadística de Cataluña.
Artículo 6 de la Ley 5/2016, de 23 de diciembre, del Plan estadístico de Cataluña 2017-2020 y de modificación de la Ley 23/1998, de estadística de Cataluña. · BOE-A-2017-523
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-01-01.
Texto consolidado
1. El objetivo general del Plan estadístico de Cataluña 2017-2020 al que se refiere el artículo 4.b se fundamenta en la mejora de la eficiencia y en la reducción de costes y cargas a las unidades informantes, y consiste en potenciar la explotación de la información de los archivos y registros administrativos e integrar su información en las estadísticas en la medida necesaria para el desarrollo, la elaboración y la difusión de las estadísticas de interés de la Generalidad.
2. El sistema de información estadística –cuyo núcleo está constituido por los registros estadísticos básicos de población, de entidades y de territorio– debe integrar la información estadística disponible de los departamentos de la Generalidad y los organismos autónomos, las entidades de derecho público y las empresas que dependen de estos, para potenciar el uso y la reutilización de la información, tanto si es de origen administrativo como estadístico.
3. La información procedente de archivos y registros administrativos debe incorporarse a las estadísticas de cara al desarrollo, la elaboración y la difusión de las estadísticas de interés de la Generalidad.
4. El Registro estadístico de territorio debe constituir la base para la creación de un sistema de georreferenciación estadística del territorio, que debe desarrollarse mediante actuaciones estadísticas definidas con la colaboración de entes especializados en este ámbito.
5. La información que se incorpore a las estadísticas de cara al desarrollo, la elaboración y la difusión de las estadísticas de interés de la Generalidad debe incluir sistemáticamente las variables de sexo y edad, de acuerdo con lo establecido por la normativa vigente.
Más artículos de Ley 5/2016
- ← Artículo 5. Consolidación y ampliación de la información estadística disponible en el Sistema Estadístico de Cataluña.
- → Artículo 7. Promoción del uso de la estadística oficial.
- Ver la norma completa: Ley 5/2016, de 23 de diciembre, del Plan estadístico de Cataluña 2017-2020 y de modificación de la Ley 23/1998, de estadística de Cataluña.