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Ley Vigente

Artículo 6. Sede.

Artículo 6 de la Ley 5/2008, de 19 de junio, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo. · BOE-A-2011-14349

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-07-11.

Texto consolidado

1. La sede de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo se establece en Vitoria-Gasteiz.

2. Para el ejercicio de sus funciones, la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo podrá contar con el apoyo de las delegaciones de Euskadi en el exterior.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-07-11.

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