Artículo 6. Sede.
Artículo 6 de la Ley 5/2008, de 19 de junio, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo. · BOE-A-2011-14349
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-07-11.
Texto consolidado
1. La sede de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo se establece en Vitoria-Gasteiz.
2. Para el ejercicio de sus funciones, la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo podrá contar con el apoyo de las delegaciones de Euskadi en el exterior.