El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 6. Gestión.

Artículo 6 de la Ley 5/1989, de 27 de junio, por la que se declara el parque de las Hoces del río Duratón. · BOE-A-1989-17980

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-07-11.

Texto consolidado

1. Para la gestión del parque se elaborará un Plan Rector de Uso y Gestión, que incluirá las directrices generales de ordenación y uso en cada una de las áreas, y determinará las actuaciones y normas que se consideren necesarias para salvaguardar los elementos naturales objeto de protección, así como para facilitar el estudio, contemplación y disfrute del espacio protegido.

2. El plan Rector de Uso y Gestión será elaborado por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sometido a información pública y, previo informe de la Junta Rectora, elevado a la Junta de Consejeros para su aprobación mediante Decreto.

3. El Plan rector se desarrollará mediante sucesivos programas de gestión que, por un período de vigencia no superior a tres años, concretarán en el tiempo y en el espacio las actuaciones que se deriven de lo establecido en el citado Plan.

Redactado conforme a la la corrección de errores publicada en BOCL núm. 135, de 14 de julio de 1989. Ref. BOCL-h-1989-90261

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1989-07-11.

Más artículos de Ley 5/1989

En El Vínculo puedes leer Ley 5/1989 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.