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Ley Vigente

Artículo 6. Auditoría en materia de simplificación administrativa.

Artículo 6 de la Ley 4/2025, de 11 de julio, de Simplificación, Agilización y Digitalización Administrativa. · BOE-A-2025-18966

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-08-06.

Texto consolidado

1. Durante el segundo semestre de cada año, se realizará una auditoría por parte del órgano con competencias en materia de calidad de los servicios, que evaluará las medidas adoptadas por cada consejería, así como el cumplimiento de los objetivos de simplificación y agilización administrativa de los procedimientos y trámites competencia de la Administración regional.

2. La auditoría se publicará junto con el Plan Anual de Calidad de los Servicios en el que se recogerán, detalladas por consejerías, las actuaciones a llevar a cabo en materia de cartas de servicios, quejas y sugerencias, simplificación administrativa y reducción de cargas, debiendo remitirse a las Cortes de Castilla-La Mancha para su conocimiento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-08-06.

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