Artículo 6. Control de eficacia.
Artículo 6 de la Ley 4/2015, de 26 de marzo, por la que se crea el Instituto Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario y Forestal de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2015-6878
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-08.
Texto consolidado
El IRIAF estará sometido a un control de eficacia, que será ejercido por la Consejería a la que este adscrito, sin perjuicio del control establecido al respecto por las leyes presupuestarias. Dicho control tendrá por finalidad comprobar el grado de cumplimiento de los objetivos y la adecuada utilización de los recursos asignados.