Artículo 6. Tramitación electrónica.
Artículo 6 de la Ley 3/2023, de 30 de marzo, de Economía Circular de Andalucía. · BOE-A-2023-9957
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-01.
Texto consolidado
Tanto las personas físicas como las personas jurídicas estarán obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con la Administración autonómica respecto a los procedimientos administrativos y obligaciones de información de competencia autonómica previstos en esta Ley, de acuerdo con el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, siendo obligatorio, en su caso, el uso de aquellas aplicaciones que sean establecidas por la Dirección General competente en materia de residuos para cada procedimiento o trámite administrativo.