Artículo 6. Órganos de Gobierno.
Artículo 6 de la Ley 3/2011, de 13 de octubre, sobre Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. · BOE-A-2011-17716
Atención: Ley 3/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Los órganos de gobierno de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo son:
a) La Presidencia.
b) El Consejo de Administración.
c) La Dirección General.
2. Los estatutos de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo desarrollarán lo previsto en esta Ley sobre su estructura orgánica y funcional y, de acuerdo con ella, establecerán el régimen de funcionamiento así como cualquier otro aspecto que sea preciso para el mejor cumplimiento de sus fines.