Artículo 6. Naturaleza.
Artículo 6 de la Ley 3/2005, de 25 de abril, de Universidades de la Región de Murcia. · BOE-A-2006-8790
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-05-31.
Texto consolidado
1. El Consejo Interuniversitario de la Región de Murcia es el órgano de consulta y asesoramiento del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia en materia de Universidades, con la finalidad de colaborar en la coordinación y desarrollo del sistema universitario regional.
2. El Consejo Interuniversitario de la Región de Murcia se adscribe a la Consejería de Educación y Cultura, que le prestará el apoyo técnico y administrativo necesario para el cumplimiento de sus fines.