Artículo 6. De las distribuidoras.
Artículo 6 de la Ley 3/2002, de 13 de junio, del libro. · BOE-A-2002-14188
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-06-20.
Texto consolidado
1. El Consell apoyará aquellas iniciativas de las distribuidoras que propicien una mejor organización profesional y una coordinación más fluida con los editores y libreros.
2. El Consell apoyará los cursos de formación y puesta al día, seminarios y foros de debate, con el objeto de que los distribuidores y distribuidoras valencianos mantengan un adecuado nivel profesional.
3. En la medida en que beneficie a la difusión del libro valenciano, tanto en la Comunidad Valenciana como fuera de ella, el Consell favorecerá la organización y actividad de las distribuidoras valencianas.