Artículo 6. Fomento de soportes respetuosos con el medio ambiente.
Artículo 6 de la Ley 29/2005, de 29 de diciembre, de Publicidad y Comunicación Institucional. · BOE-A-2005-21524
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-19.
Texto consolidado
Se otorgará preferencia a los soportes que, sin merma de la eficacia de la campaña, sean más respetuosos con el medio ambiente.