Artículo 6. Prestaciones económicas y ayudas de emergencia social.
Artículo 6 de la Ley 14/2022, de 22 de diciembre, del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión. · BOE-A-2023-1405
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-29.
Texto consolidado
1. Las prestaciones económicas del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión son las siguientes:
a) Renta de garantía de ingresos.
b) Ingreso mínimo vital, en los términos que disponga la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital, o la norma que la sustituya y la que se dicte en su desarrollo.
2. Las ayudas de emergencia social se destinan a aquellas personas cuyos recursos resulten insuficientes para hacer frente a gastos específicos, ordinarios o extraordinarios, necesarios para prevenir, evitar o paliar situaciones de exclusión social.