Artículo 6. Previsión.
Artículo 6 de la Ley 13/2010, de 23 de noviembre, de Protección Civil y Gestión de Emergencias. · BOE-A-2010-19046
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-11-26.
Texto consolidado
1. Por parte de las administraciones competentes se procederá a la elaboración de mapas de riesgos siendo éstos la expresión espacial de los distintos riesgos en cada ámbito geográfico objeto de planificación.
2. Corresponderá a la conselleria competente en materia de protección civil y gestión de emergencia, impulsar el desarrollo, difusión y revisión del Mapa de Riesgos de la Comunitat Valenciana, pudiendo requerir la aportación de cuantos datos resulten a tal fin necesarios, así como suscribir convenios y fórmulas de colaboración al respecto.