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Ley Derogada 2 redacciones

Artículo 6. Órganos e instituciones consultivas.

Artículo 6 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León. · BOE-A-2002-15545

Atención: Ley 12/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Son órganos consultivos de la Consejería competente en materia de cultura, para la aplicación de esta ley:

a) (Derogado)

b) La Junta de Valoración y Adquisición de Bienes Culturales de Castilla y León.

c) Aquellos otros que se determinen de forma reglamentaria.

2. Son instituciones consultivas de la Consejería competente en materia de cultura, para la aplicación de esta ley:

a) Las Reales Academias.

b) Las Universidades de Castilla y León.

c) Aquellas otras que reglamentariamente se determinen.

Se derogan los apartados 1.a) y 3 por la disposición derogatoria única.1 de la Ley 1/2012, de 28 de febrero. Ref. BOE-A-2012-4385.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-03-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2012-4385.

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