Artículo 6. Naturaleza del Consejo de Gobierno.
Artículo 6 de la Ley 11/2007, de 11 de octubre, de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales. · BOE-A-2007-19188
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-10-19.
Texto consolidado
1. El Consejo de Gobierno es el máximo órgano de gobierno y administración de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales, en el marco de las competencias que le atribuye la presente ley.
2. El Consejo de Gobierno debe escuchar al Consejo Asesor de Contenidos y de Programación, antes de tomar decisiones, en los casos en que la presente ley lo determina.
3. Corresponden al Consejo de Gobierno las competencias que esta ley no atribuye expresamente a ningún otro órgano.