Artículo 6.
Artículo 6 de la Ley 11/1988, de 29 de junio, de creación del Instituto Vasco de Educación Física. · BOE-A-2012-3816
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-08-07.
Texto consolidado
Serán funciones propias del Patronato Rector, las siguientes:
– Velar por el cumplimiento de los fines establecidos en el artículo 3.
– Aprobar el Reglamento de Régimen Interno, que será propuesto por el Director.
– Aprobar el Plan Anual de actuación del Instituto.
– Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual para elevarlo al Gobierno.
– Aprobación de la memoria anual sobre la gestión y actuación del Instituto.
– La administración y gestión de los bienes y fondos adscritos al Instituto.
– Cualquier otras que se le asignen en las leyes y reglamentos.