Artículo 6. Admisión a trámite.
Artículo 6 de la Ley 10/2017, de 11 de mayo, por la que se regula la Iniciativa Legislativa Popular ante Les Corts. · BOE-A-2017-7170
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-05-24.
Texto consolidado
1. La Mesa de Les Corts examinará la documentación aportada y se pronunciará en el plazo de quince días sobre la admisión de la iniciativa.
2. Son causas de inadmisión de la iniciativa presentada:
a) Que tenga como objeto alguna de las materias mencionadas en el artículo 4 de esta ley.
b) Que no se hayan cumplido todos los requisitos vinculados, de acuerdo con el artículo 5 de esta ley, con la presentación de la iniciativa. No obstante, si se trata de algún defecto enmendable, la Mesa de Les Corts lo comunicará a la comisión promotora para que lo enmiende en el plazo máximo de quince días.
3. La resolución de la Mesa de Les Corts por la que se admita o inadmita la iniciativa se notificará a la comisión promotora a través de su representante legal y se publicará en el «Butlletí Oficial de les Corts».